Para una información e Internet libres (Daudén, Campelo, Ritimo)

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Procedencia:
Para una información e Internet libres: Periodistas independientes, medioscomunitarios, y hacktivistas se comprometen — Passerelle 11 de la Coredem.

La Coredem, una iniciativa colectiva. La Coredem (Comunidad de Sitios de Recursos Documentarios para una Democracia Mundial) es un espacio para compartir conocimientos y prácticas para y por los actores del cambio.

Ritimo, el editor. La asociación Ritimo anima la Coredem y es editora de la Coleción Passerelle. Ritimo es una red de información y documentación para la solidaridad y el desarrollo sostenible. En 90 lugares en Francia, Ritimo acoge al público, transmite campañas ciudadanas, propone animaciones y capacitaciones.

Ritimo se compromete en la producción y difusión de una información plural y critica a través de su sitio: www.ritimo.org


La Coredem — Conditions d’utilisation

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Introducción. Medios de comunicación e Internet ciudadanos: un gran reto social y democrático.
Erika Campelo

(p. 8-10)

Nuestras maneras de comunicar han cambiado radicalmente estos últimos años debido a los progresos realizados en las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), y principalmente Internet. Es importante entender este entorno tecnológico que se nos impone para percibir las relaciones de poder que se dan en el campo de la información. Los usos alternativos de las TIC efectivamente hacen cambiar los medios tradicionales, desde la producción hasta la difusión de la información: “Obligan a volver a definir el funcionamiento de los medios de masas, su lugar y su rol”1. Las evoluciones tecnológicas en el campo numérico y en las subidas casi instantáneas de informaciones en la red están dibujando un nuevo modelo de medios de comunicación para el siglo XXI. En este cambio, los activistas de los medios de comunicación libres se organizan para promover la emancipación ciudadana a través de la difusión de una información diferente y crítica con el “sistema” dominante, y con el desarrollo de medios de comunicación (televisión, periódicos, radios, sitios web, videos) considerados como vectores de educación popular. Porque la producción y el acceso a la información son una condición sine qua non para la construcción y el funcionamiento de las sociedades democráticas. Es por esto que es necesario seguir cuestionando el lugar de los medios de comunicación (ya sean nuevos o tradicionales) y de la información en nuestras sociedades.

[1] AMBROSI Alain, PEUGEOT Valérie y PIMINENTA Daniel. Enjeux de Mots : Regards multiculturels sur les sociétés de l’information. C&F Editions, noviembre 2005.


El derecho a la comunicación es el derecho de cada uno a tener acceso a medios de producción y de difusión de información, de tener los recursos técnicos y materiales para hacerse escuchar y poder escuchar, de tener los conocimientos necesarios para ser autónomo e independiente en su relación con los medios de comunicación. El derecho a la comunicación es entonces más amplio que el derecho a la información y que la libertad de expresión. Es un derecho universal, igual que otros derechos fundamentales, que cobra más sentido en la era de Internet. Efectivamente, gracias a las tecnologías, los individuos y grupos sociales pueden producir y difundir con mayor facilidad informaciones sobre sus acciones y compromisos. También pueden acceder más fácilmente a las informaciones emitidas por otros actores, cuyas preocupaciones son similares. Pero esta evolución de la tecnología lleva en sí un potencial de concentración de poder que podría ser utilizado para reforzar poderes o relaciones no igualitarias ya existentes. Si bien es cierto que el impacto de las TIC en las relaciones sociales son incontestables, y su potencial para el desarrollo de la humanidad es evidente, estas herramientas ya están siendo apropiadas por los grandes actores del sistema neoliberal, que usan las tecnologías para maximizar sus ganancias. Las TIC, al igual que otros sectores económicos, son objeto de intentos de constitución de monopolios por las multinacionales, ya sea para proponer contenidos (Google, Apple), redes sociales (Facebook) o comerciar online (Amazon, Alibaba, etc.). Las TIC no escapan de las lógicas financieras vigentes en todas partes. Quedan expuestas al riesgo de uniformidad de las informaciones difundidas, problema que afecta a los grandes medios de comunicación desde hace mucho tiempo. Abren nuevas posibilidades técnicas en materia de controles de vigilancia a los usuarios o el espionaje de los lectores-clientes.

Sin embargo, el nacimiento de procesos de producción cooperativos, de creación de nuevos medios de comunicación, de software y protocolos libres ponen en relieve el hecho de que la creatividad y la innovación escapan en parte de los intereses económicos y devuelven la fuerza a la imaginación creadora como contratista de un futuro a construir.

Desde los años 2000, la red Ritimo ha ampliado su acción de solidaridad internacional con un compromiso en la difusión de una información ciudadana para un público francófono, a través de la creación de relaciones y de herramientas de cooperación en el campo de la información con los movimientos sociales, los medios de comunicación alternativos, y las ONG en todo el mundo. Su rol es facilitar la difusión de análisis y de ideas provenientes de la sociedad civil, de grupos minoritarios, socialmente debilitados o económicamente precarios, portadores de reivindicaciones y/o alternativas, para que sean mejor comprendidas por la opinión pública y más tomadas en cuenta por los responsables y los gobernantes. [ … ]

es importante recordar que no es la tecnología en sí quien conduce al cambio social. Para que el cambio tenga lugar, es necesario que la tecnología sea apropiada por cada uno y cada una; y arraigada en el conocimiento local, favoreciendo la participación colectiva. Son las personas las que deciden cómo y por qué utilizar una u otra tecnología, y también, son las personas quienes la adaptan en función al contexto político, y socio-económico en el que viven. Frente a esta realidad multiforme de la era de la información, los activistas de la comunicación de los medios libres, particularmente en el marco del Foro Mundial de Medios Libres, así como los desarrolladores, militantes asociativos y defensores de la libertad de expresión de todos los países intentan al mismo tiempo prevenir riesgos, estudiar y proponer alternativas para promover la diversidad, rechazando las lógicas del encierro dentro de una concepción uniforme y en una sola dirección. Estos son los desafíos para las sociedades del mañana. [ … ]


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La comunicación como derecho.
Laura Daudén 

“Llegará el tiempo en que la Declaración Universal de los Derechos Humanos tendrá que abarcar un derecho más amplio que el derecho humano a la información, consagrado por primera vez hace 21 años en el artículo 19. El derecho humano a comunicar. Esa es la perspectiva a través de la cual cualquier desenvolvimiento futuro de la comunicación debe ser abordado (…).” Jean d’Arcy (1969:14).

(p. 12-15)

La comunicación es un campo en disputa. Lo mismo se puede decir de los derechos que están relacionados con ella. Más allá de que eso no sea una novedad (el debate ocupa las agendas políticas e ideológicas hace al menos cuatro décadas). Radio y Servicios Visuales de la ONU y su impacto en la discusión sobre los límites del derecho a la libertad de expresión prueban que no hay aproximación posible que no parta del reconocimiento de esa dificultad fundamental.

Desde que fue consagrada en la Declaración de los Derechos Humanos (1948), en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966), y en otros diversos instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos, como la Convención Americana de Derechos Humanos, la libertad de expresión fue evocada de manera limitada, volviéndola insuficiente para dar cuenta de los desafíos de la sociedad de la información y del conocimiento – tal como lo concibe la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

Esa constatación, es importante subrayar, no intenta disminuir la importancia del concepto central de libertad de expresión para la consolidación de la democracia y para el alcance de otros derechos humanos. Al contrario: ese esfuerzo que se hace no es sólo la resignificación de esa garantía, es sobre todo la revalorización de los muchos significados y derechos que ella conlleva en sí.

Los límites del derecho a la libertad de expresión, tal como decíamos, comienzan a hacerse obvios en el transcurrir de los años 1960 y de los 1970 con la propagación y consolidación de los medios de comunicación de masas (sobre todo la televisión), que revolucionaron las dimensiones del fenómeno comunicacional y evidenciaron su inclinación multidireccional: no se es libre sólo emitiendo información sino también buscando, recibiendo y compartiéndola. Comienza a entenderse que sólo una garantía más amplia puede abarcar la importancia de la comunicación para la construcción del sujeto social y de los sentidos colectivos, la formación del Estado democrático, y sobre todo, la reducción de las desigualdades en la transformación social. Una opinión informativa emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 1985 ilustra esa tendencia: “Cuando la libertad de expresión de una persona es ilegalmente restringida, no es sólo el derecho de esa persona el que está siendo violado, sino también el derecho de todas las otras personas de ‘recibir’ información e ideas. El derecho protegido por el artículo 13 tiene, por consecuencia, un alcance y un carácter especial que son evidenciados por el carácter dual de la libertad de expresión.” (1985:9).

La CIDH va más allá y se centra en las condiciones que deben estar dadas para que los medios de comunicación de masas “que hacen del ejercicio de la libertad de expresión una realidad” respondan adecuadamente a ese “mandato”.

“Esto significa que las condiciones de su uso deben cumplir con los requerimientos de tal libertad; como consecuencia debe existir, entre otras cosas, una pluralidad de medios de comunicación, la prohibición de monopolios en todas sus formas, y garantías para la protección de la libertad e independencia de los periodistas.” (1985:10)


Nace un nuevo derecho

Cabe destacar que hora esta discusión se daba en el contexto, de un importante desenvolvimiento conceptual del sello de la UNESCO, la agencia de la ONU más comprometida con la construcción de sociedades de conocimiento. En la construcción de un “Nuevo Orden Mundial de Comunicación e Información”, los países del Norte se opusieron, en especial Estados Unidos, Reino Unido y el Movimiento de Países No Alineados, que conformaba el llamado Tercer Mundo. Como explican Alan Alegre y Sean O’Siochru (2005), el choque se dio a partir de tres condiciones: la doctrina de libre flujo de información, que reforzaba el predominio de los medios occidentales; la creciente concentración de los medios de comunicación dio lugar a un aumento de la presencia extranjera de estos en los países más pequeños y pobres; por último, la importancia creciente de las tecnologías, controladas por Occidente, obstaculizaban el acceso al conocimiento y a los medios de producción.

Es en ese momento, a finales de los años 1970, que surge la Comisión MacBride, liderada por Sean MacBride, que tiene como cometido estudiar los problemas de comunicación en el mundo. Su informe, de la Reunión de la Asamblea General de la ONU en 1980, se transformó en el referente para el movimiento incipiente por una nueva comunicación mundial y desató un enfrentamiento de opiniones sobre el alcance de los derechos en relación a la comunicación. Ese debate es el que más tarde resultaría el desencadenante de la salida de los Estados Unidos de la UNESCO.

El informe de la comisión expresa: “Los requisitos para la comunicación en una sociedad democrática deben ser perseguidos por la extensión de los derechos específicos, tales como el derecho a estar informado, el derecho a informar, el derecho a la privacidad, el derecho a participar en la comunicación pública- todos ellos elementos de un nuevo concepto, el derecho a comunicar-. En el desarrollo de una posible nueva era de derechos sociales, sugerimos que toda implicación en relación con el derecho a la comunicación sea explorada.” (1980:265)

Además de exponer soluciones concretas para el desequilibrio en los flujos de comunicación internacional, Sean MacBride enumeró esa nueva gama de derechos relacionados a la comunicación y dio al incipiente movimiento comunicacional un marco por el cual recorrer.

A pesar de haber inaugurado una nueva perspectiva, la relevancia del informe fue decayendo dentro de la UNESCO, por la presión ejercida por Estados Unidos y Reino Unido. Con el tiempo las revolucionarias estrategias propuestas por MacBride fueron remplazadas por abordajes más conservadores en ámbitos como el de la inclusión digital y la democratización de la información. Las discusiones, poco a poco, pasaron a tener el rol de pautas de Acuerdo General sobre Tarifas y Comercio (GATT, es la sigla en inglés) y luego de Organización Mundial del Comercio. La ONU, por fuerza política, pasó a tratar las cuestiones ligadas a la comunicación ya no en el campo del derecho, sino que en el económico.

Laura Daudén: Consultora en comunicación de la ONG Conectas. Periodista y licenciada en Relaciones Internacionales y Estudios Africanos. También es co-autora del libro Nem paz, nem guerra: três décadas de conflito no Saara Ocidental.


Referencias
  • ALEGRE Alan y O’SIOCHRU Sean. Word Matters: multicultural perspectives on information societies. Org. Alain Ambrosi, Valérie Peugeot y Daniel Pimient. C&F Éditions, Francia, noviembre 2005.
  • Artículo 19. Declaración Final de mensaje a Brasil sobre la situación de la libertad de expresión.
  • Corte Interamericana de Derechos Humanos. Opinión Consultiva OC-5/85. 13 de noviembre de 1985, Serie A.
  • D’ARCY Jean. “Direct broadcasting satellites and the right to communicate”. EBU Review, n. 118. Ginebra, 1969.